25 agosto 2009

Gritar pidiendo el indulto a un toro puede suponer la expulsión de la plaza

25 de agosto de 2009

El sábado pasado, en la corrida de la tarde en la Feria de Málaga en la que Enrique Ponce cortó tres orejas, me llamó la atención que cuando el de Chiva se disponía a entrar a matar a a su segundo, una señora con vestido violeta le gritó desde el tendido que no matara al de Domeq. Después de las recriminaciones de sus compañeros de tendido, ya que podía desconcentrar al matador en un momento crucial de la faena, los operarios de la plaza invitaron a la compasiva aficionada a abandonar su localidad.

Me pregunté entonces si el público tiene obligación de estar en silencio durante toda la lidia y, por otro lado, si los operarios hubieran tenido la misma reacción si en vez de una señora, el que se apiadara a gritos del astado hubiera sido un aficionado masculino de los que habitualmente se hacen notar en los tendidos, la mayoría de las veces con escaso gusto, con el único objetivo de hacerse notar y dar la nota al mismo tiempo.

Para ello he acudido al Reglamento de Espectáculos Taurinos de 1996 que estipula en su Capítulo Segundo aquellos derechos de los que gozan los asistentes a espectáculos taurinos, así como algunas de sus obligaciones.

Es el artículo 34 el que recoge en su apartado primero que "Todos los espectadores permanecerán sentados durante la lidia en sus correspondientes localidades; en los pasillos y escaleras únicamente podrán permanecer los agentes de la autoridad o los empleados de la empresa. Los vendedores no podrán circular durante la lidia." Fue el caso de la citada señora que descargó su sentimiento formalmente sentada en su localidad.

Si bien, en el apartado cuarto del citado artículo se establece que "Los espectadores que perturben gravemente el desarrollo del espectáculo o causen molestias u ofensas a otros espectadores serán advertidos de su expulsión de la plaza, que se llevará a cabo si persisten en su actitud, o se procederá a la misma si los hechos fuesen graves, sin perjuicio de la sanción a que en su caso fuesen acreedores". Entiendo que un exclamación como la referida pudiera causar un perjuicio a la lidia y más en le momento crucial en que se encontraba el matador, que dependía de la correcta ejecución de la suerte para la consecución de los trofeos pero, por lo que yo vi en la distancia, la aficionada no fue advertida en ningún momento sino invitada a abandonar su localidad con dos reses aún por lidiar.

Más allá de que la solicitud de indulto fuera a todas luces excesiva o del hecho que pudo suponer una perturbación al matador, la solución se me antoja a todas luces desmedida ya que en ese caso deberían ser constitutivas de expulsión aquellas manifestaciones altisonantes que ya son habituales en las plazas (por ejemplo en Málaga en la misma corrida a la que me refiero) contra presidentes, empresarios o toreros. Como en todo, se ha de aplicar lo que muchas veces nos falta a los españoles, el sentido común.

Foto: ross666

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